El Govern de la Generalitat impulsa la ley de puertos y de transporte marítimo y fluvial
Tiene como objetivo estratégico configurar los puertos catalanes como un verdadero motor económico, tanto los que están gestionados por la Generalitat, como los que se explotan en régimen de concesión
El Govern ha aprobado la memoria previa del Anteproyecto de la ley de puertos y de transporte marítimo y fluvial, que tiene como objetivo estratégico configurar los puertos catalanes como un verdadero motor económico, tanto los que están gestionados por la Generalitat, como los que se explotan en régimen de concesión. El Ejecutivo impulsa la iniciativa legislativa ante la necesidad de adecuar la ley actual, vigente desde 1998, a la realidad actual y hacer frente a los cambios registrados en el tráfico portuario del país (pesquero, comercial, industrial, de servicios…), con mejoras en la calidad de las infraestructuras y mejoras energéticas.
Con el objetivo de optimizar un sector clave de las infraestructuras del país, la nueva ley introducirá cambios para garantizar un sistema concesional más flexible e incentivador de las inversiones. Así, fijará un régimen de usos del dominio portuario más amplio y atractivo que el actual para contribuir a generar actividad económica.
La norma incidirá en los ámbitos siguientes:
– Articular un sistema portuario catalán adaptado a las nuevas realidades socioeconómicas.
– Poner las infraestructuras portuarias al servicio de la promoción económica, industrial, turística y social del país.
– Fijar un régimen jurídico contractual adecuado para fomentar las inversiones en las infraestructuras y los servicios portuarios.
– Simplificar, desde el punto de vista administrativo, la relación entre los operadores del sector y la Administración portuaria.
– Establecer medidas que impulsen la promoción de las actividades náuticas, de recreo y deportivas.
– Garantizar la sostenibilidad ambiental de las infraestructuras y de las actividades que se desarrollan.
El Gobierno de la Generalitat tiene competencia exclusiva sobre los puertos situados en el territorio de Catalunya que no tengan la calificación legal de interés general, tal como establece el artículo 140 del Estatuto de autonomía de Catalunya.
SBC-gencat.cat
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